El pasado 11 de junio se publicó en el Boletín Oficial la Resolución que dejó sin efecto la decisión que estipulaba que las aseguradoras debían excluir el servicio de grúa.
Por medio de la Resolución Sintetizada 269/2024 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), queda anulada la norma que debía aplicarse a partir del 1° de julio y eliminaba la obligatoriedad de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.
Cabe recordar que a finales de abril, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), había anunciado que las empresas de seguros de autos debían excluir los servicios de grúas o remolques y asistencia mecánica en todo el país.
Dicho servicio de asistencia vehicular aplicaba en casos de desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto.
Debemos destacar que eliminar la posibilidad de contar con un seguro que incluya la cláusula adicional de asistencia mecánica conlleva un impacto significativo en los asegurados que confían en esa cobertura para su tranquilidad y seguridad en las calles.
Por su parte, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) había presentado una acción colectiva para evitar que las pólizas de seguro dejen de incluir el servicio de remolque y auxilio mecánico.
De todas formas, la Resolución Sintetizada N° 269/2024 ha dejado sin efecto la Resolución N° 217/2024, poniendo fin a la cuestión.
Fuente: Ámbito Financiero. Boletín Oficial.