ARCA cambia su postura judicial y dejará de apelar causas de jubilados por Ganancias alcanzadas por el fallo “García”

ARCA instruyó a sus abogados a no continuar, como regla general, con las apelaciones en causas vinculadas al Impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios cuando se aplique la doctrina fijada por la Corte Suprema en el fallo “García”.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó su estrategia judicial en los reclamos vinculados al cobro del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones y pensiones. A través de una nueva instrucción interna, el organismo resolvió alinearse con la doctrina fijada por la Corte Suprema en el conocido fallo “García”, que reconoció la situación de vulnerabilidad de determinados jubilados frente a este tributo.

La medida implica que, en la mayoría de los casos donde se aplique ese precedente, ARCA dejará de presentar recursos extraordinarios ante la Corte Suprema y tampoco impulsará recursos de queja cuando esos planteos sean rechazados por tribunales inferiores. Incluso, en algunos expedientes, el organismo podrá desistir de recursos ya interpuestos y aún pendientes de tratamiento.

El antecedente central es el caso “García, María Isabel c/ AFIP”, en el que la Corte Suprema declaró inconstitucional la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre el haber previsional de una jubilada de edad avanzada y con problemas de salud acreditados. En esa oportunidad, el Máximo Tribunal sostuvo que la edad y las condiciones de salud colocan a ciertos jubilados en una situación de especial vulnerabilidad, por lo que requieren una protección diferenciada frente al sistema tributario.

Además de ordenar la devolución de las sumas retenidas indebidamente, la Corte exhortó al Congreso Nacional a dictar un régimen específico que contemple la realidad de los jubilados vulnerables y dispuso que, hasta tanto ello ocurra, no se continúen realizando descuentos por Ganancias en esos casos.

Con posterioridad, la Corte ratificó este criterio en distintos expedientes como “Godoy”, “Piccoli”, “Alazraki”, “Luna”, “Castro” y “Cantu”, consolidando una línea jurisprudencial reiterada y desfavorable para el Estado Nacional.

Frente a este escenario, ARCA instruyó a sus áreas jurídicas para que adecuen su actuación en todos los litigios vinculados con esta temática. De este modo, cuando las sentencias judiciales apliquen la doctrina “García”, la regla será no continuar escalando los reclamos ante la Corte.

La instrucción también prevé que, cuando las cámaras federales mantengan de manera constante criterios contrarios al organismo, los representantes fiscales deberán consentir las sentencias de fondo y limitar las discusiones únicamente a cuestiones vinculadas con honorarios y costas judiciales, con el objetivo de evitar mayores gastos para el Estado.

No obstante, la nueva política no será aplicable en todos los supuestos. ARCA aclaró que continuará litigando cuando quien inicie la demanda no tenga legitimación suficiente —como podría ocurrir con asociaciones o colegios profesionales— o cuando existan circunstancias particulares que permitan sostener una estrategia judicial distinta. En esos casos, la continuidad de los recursos deberá contar con autorización de las autoridades competentes.

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