El Senado convirtió en Ley la iniciativa del oficialismo que introduce modificaciones en el régimen penal tributario, fiscalización y otras cuestiones. Por Candela Theiller
El Senado de la Nación aprobó los proyectos de Presupuesto General 2026 y de Inocencia Fiscal, dos iniciativas del Poder Ejecutivo que ya contaban con media sanción de la Cámara de Diputados. Si bien aún no se publicó en el Boletín Oficial, algunos puntos ya se dieron a conocer sobre la reforma.
Modificación en régimen Penal Tributario: Se ajustan los valores a partir de los cuales una infracción deja de ser administrativa y pasa a tener consecuencias penales, con una actualización por la inflación acumulada desde 2017. Sigue vigente la posibilidad de evitar la denuncia penal si el contribuyente regulariza la deuda y los intereses antes de la presentación de la denuncia, No se avanzará en la vía penal si no se comprueba la intención de evadir, incluyendo casos con criterios interpretativos fundados o presentaciones espontáneas previas a una inspección.
Se elevan los umbrales a partir de los cuales una conducta configura un delito penal tributario. Esto implica que solo quienes superen ciertos montos pueden ser perseguidos penalmente por evasión. De esta manera se configura el delito de Evasión tirbutaria con los siguientes montos:
• Evasión simple: de $1,5 millones a $100 millones.
• Evasión agravada: de $15 millones a $1000 millones.
• Uso de facturas apócrifas: de $1,5 millones a $100 millones.
• Evasión en seguridad social simple: de $200.000 a $7 millones
En este punto, debe destacarse la necesidad de reforma que hace tiempo se necesitaba sobre el establecimiento de montos punibles que activavan la persecución penal del estado y que implicaban un despliegue de recursos en delitos menores y la restricción de los mismos para otros intereses que realmente se volvían relevantes para la consolidación de políticas públicas e investigación penal.
Simplificación de la declaración de Impuesto a las Ganancias: Se crea un régimen opcional de declaración jurada simplificada para personas humanas y sucesiones indivisas que tengan ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones. El esquema propuesto, es a ARCA confecciona la declaración en base a la información disponible; quienes paguen lo debido en término quedan liberados de otras obligaciones formales, salvo en casos de discrepancias significativas.
Además se contempló la reducción de la carga administrativa y de multas. Las multas administrativas para personas humanas y pymes, tienen rebajas de hasta el 90% en algunos casos, para aliviar la carga sancionatoria sobre sectores de menor escala; y el ajuste anual de montos se realizará según inflación (UVA).
Prescripción y plazos de fiscalización: La ley acorta los plazos de prescripción general de cinco a tres años para contribuyentes que cumplieron con sus obligaciones y no existen discrepancias significativas. Para quienes cumplen regularmente, el plazo general baja de cinco a tres años, siempre que no existan diferencias importantes. Para los no inscriptos, ese plazo se mantiene en diez años y se elimina la suspensión automática de la prescripción con el inicio de una determinación de oficio, lo que conlleva a la administración a actuar dentro de plazos más acotados.
Penas y figuras penales específicas: Establece penas de prisión de entre dos y seis años para quienes simulen la cancelación total o parcial de impuestos o aportes al sistema de seguridad social a través de documentación falsa, declaraciones incorrectas o maniobras engañosas. Esta disposición se aplica cuando el monto involucrado supera el equivalente a 115 salarios mínimos, vitales y móviles por ejercicio anual en impuestos, o 23 salarios mínimos por mes en el caso de aportes y contribuciones.
La iniciativa impulsada por el oficialismo buscó limitar la capacidad de control y sanción de los organismos fiscales, un incentivo para que los dólares no declarados ingresen a la economía formal, y aliviar responsabilidades sobre patrimonios no registrados.
Fuente: infobae.com; iprofesional.com; palabrasdelderecho.com