Un juez federal dispuso que el reclamo se inscriba en el Registro de Procesos Colectivos. La acción busca que la suspensión dictada por el Decreto 681/2025 —que postergó la puesta en marcha de la Ley 27.793— sea considerada aplicable a todos los titulares del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
El Juzgado Federal de Campana, bajo la tutela del juez Adrián González Charvay, ordenó la inscripción de un amparo colectivo destinado a impugnar el Decreto 681/2025, que suspendió la ejecución de la Ley 27.793 de “Emergencia Nacional en Discapacidad”.
Dicho decreto —publicado en el Boletín Oficial el 22 de septiembre de 2025— pospuso la entrada en vigor de las previsiones de la ley en el marco de la necesidad de que el Congreso contemple en el presupuesto nacional los fondos requeridos para su cumplimiento.
La acción fue promovida por dos progenitores en representación de sus hijos con discapacidad. Pretenden que el artículo 2° del decreto sea declarado inconstitucional e incompatible con normas internacionales de derechos humanos, y que sus efectos se extiendan a todas las personas que cuentan con CUD, así como a sus familias y a sus cuidadores.
Entre los argumentos del amparo se sostiene que la suspensión constituye una forma de discriminación estructural, al aplicar criterios presupuestarios distintos según quién sea el beneficiario. Además, se denuncia un posible fraude constitucional, al afirmar que el gobierno promulga formalmente la ley pero suspende su vigencia práctica, lo que comprometería el sistema republicano de contrapesos.
El juez González Charvay ordenó que el trámite se tramite como un proceso sumarísimo y requirió la intervención prevista en el artículo 4 de la Ley 26.854 para asegurar una respuesta rápida. El proceso se suma al trámite "DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE FORMOSA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS) s/ ACCIÓN DE AMPARO – LEY 16.986 – INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR”, Expte. N° FRE 6659/2025, de la Secretaría Civil del Juzgado Federal N° 2 de Formosa, donde se ordenó "al Estado Nacional y/o la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a que en el plazo de VEINTICUATRO (24) HORAS deje sin efecto la medida de retención y/o suspensión de las pensiones no contributivas por incapacidad laboral dispuestas en todo el territorio de la Provincia de Formosa, liberando los fondos depositados en las entidades bancarias que se encuentran retenidos en las cuentas de los beneficiarios...", publicado hoy en el Boletin Oficial en atención a la Resolución 12504/2025 de a Agencia Nacional de Discapacidad.
Fuente: Palabras del Derecho, Boletín Oficial, ONIX Consultores Jurídicos