La semana pasada el Gobierno Nacional modificó la Reglamentación de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, ley N° 24.449 a través del decreto 196/2025. La medida se enmarca en el objetivo del gobierno de simplificación de trámites y procesos.
De esta manera, ahora podrán realizar los exámenes psicofísicos y teórico - práctico, prestadores públicos tanto como privados, quienes deberán cumplir con las exigencias de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Asimismo para la Revisión Técnica Obligatoria, se modificaron los plazos: se extenderá el tiempo para realizar la revisión técnica de las unidades de uso particular 0km que se incorporen al parque automotor, la que tendrá un plazo máximo de gracia de 60 meses a partir de su fecha de patentamiento inicial.
Mientras que para las que no son 0KM la Revisión Técnica Obligatoria mantendrá la vigencia efectiva de 2 años a partir de la fecha de revisión cuando la antiguedad del vehículo no exceda los 10 años desde su patentamiento inicial, y para los vehículos de mayor antiguedad, la vigencia de la revisión será de 1 año.
En relación a las licencias de manejo, la Licencia Nacional de Conducir será otorgada en formato digital, la que podrá ser replicada también en formato físico. Sin perjuicio de ello, el carnet en físico contendrá elementos de resguardo de seguridad técnica y documental para lograr garantizar la autenticidad e inviolabilidad. Otro dato es que no tendrá fecha de vencimiento y será válida mientras esté vigente la licencia digital. Ahora ambas licencias tendrán la misma vlidez.
En relación a la edad de las personas y la vigencia de la licencia, se estableció el siguiente esquema:
- Los conductores menores de 65 años deberán renovarlo cada 5 años.
- Quienes tengan entre 65 y 70 años, lo harán cada 3 años.
- Los mayores de 70 años deberán renovarlo anualmente.
En cuanto a los trámites, se simplifica la renovación de la licencia en situaciones de cambio de domicilio. Ya no será necesario reemitir el documento cuando el conductor se traslade a otra jurisdicción; bastará con notificar el cambio de forma remota. Esta simplificación aplica tanto a las licencias particulares como a las profesionales.